La obligación de residencia del residente permanente
Todo residente permanente de Canadá debe cumplir con la obligación de residencia establecida en el artículo 28 de la Ley de Inmigración y Protección de Refugiados (Immigration and Refugee Protection Act) (IRPA): presencia física en Canadá durante un mínimo de 730 días (aproximadamente dos años) en cada período de cinco años. Esta obligación se aplica de manera continua durante todo el tiempo que la persona es residente permanente. IRCC y CBSA evalúan el cumplimiento sobre una base móvil de cinco años, revisando cualquier ventana consecutiva de cinco años para determinar si se han alcanzado los 730 días de presencia física.
Días en el extranjero que cuentan para su requisito de 730 días
No todos los días pasados fuera de Canadá cuentan en contra de la obligación de residencia. La Sección 28(2) de la IRPA especifica circunstancias en las que los días en el extranjero cuentan para el requisito de 730 días:
- Días pasados fuera de Canadá acompañando a un ciudadano canadiense cónyuge, pareja de hecho o padre/madre (para menores) — estos días cuentan en su totalidad para la obligación de residencia
- Días pasados fuera de Canadá empleado por una empresa canadiense o en el servicio público de Canadá o de una provincia — siempre que el empleo requiera su presencia fuera de Canadá
- Días pasados fuera de Canadá acompañando a un cónyuge, pareja de hecho o padre/madre (para menores) residente permanente que esté empleado por una empresa canadiense o en el servicio público canadiense fuera de Canadá
Analizamos su historial de viajes meticulosamente, cotejando registros laborales, talones de pago, permisos de trabajo y registros migratorios para asegurar que cada día que califica bajo estas excepciones se cuente a su favor. A veces los funcionarios no aplican ni acreditan correctamente estas excepciones — impugnamos cualquier error en el cálculo.
¿Cuándo surge un problema de obligación de residencia?
Un problema de obligación de residencia suele surgir en una de tres etapas:
- Cuando usted solicita renovar su tarjeta de Residente Permanente (PR) e IRCC calcula una presencia física insuficiente
- Cuando usted regresa a Canadá a través de un puerto de entrada y un funcionario de la CBSA determina que no ha cumplido la obligación
- Cuando usted solicita un Documento de Viaje de Residente Permanente en una embajada o alto comisionado canadiense en el extranjero y el funcionario de visas determina que no ha cumplido el requisito
En el contexto desde el extranjero, una orden de expulsión puede emitirse sin una audiencia presencial. En tal caso, usted tiene derecho a apelar esa orden ante el IAD, por lo general dentro de los 60 días.
La apelación ante la IAD: dos caminos hacia el éxito
Vía 1 — Impugnar el cálculo de la residencia
Calculamos su presencia física de forma independiente, aplicando todas las excepciones disponibles bajo el artículo 28(2) e identificando cualquier error en el conteo del funcionario. Cuando usted efectivamente cumple el requisito de 730 días al calcularse correctamente — tomando en cuenta todos los días que califican y las excepciones aplicables — lo demostramos en la audiencia ante el IAD con prueba documental.
Vía 2 — Alivio humanitario y por consideraciones de compasión
Incluso cuando el requisito de 730 días no se cumplió técnicamente, el IAD tiene autoridad para otorgar una medida especial basada en motivos humanitarios y de compasión. El IAD pondera todas las circunstancias pertinentes, entre ellas:
- Las razones específicas de los períodos de ausencia — cuidado familiar, emergencias médicas, circunstancias laborales, crisis familiar
- El grado de arraigo en Canadá antes y después de las ausencias
- Lazos familiares en Canadá — hijos y cónyuges ciudadanos canadienses o residentes permanentes
- El interés superior de los hijos afectados por la pérdida del estatus de residente permanente
- Tiempo como residente permanente y cumplimiento previo de la obligación de residencia
- Dificultad de perder la residencia permanente tras años de construir una vida en Canadá
- Dificultad para establecerse en el país de origen tras una larga ausencia
Muchos clientes conservan su estatus de residencia permanente ante el IAD a pesar de no cumplir el requisito de 730 días — porque su evidencia humanitaria y de compasión es persuasiva. La calidad y exhaustividad de la evidencia presentada es decisiva. La preparamos con un cuidado meticuloso.
Cómo puede ayudar Azimi Law
Comenzamos cada apelación de obligación de residencia con un cálculo detallado de la presencia física, identificando cada excepción que califica y exponiendo cualquier error en el conteo del funcionario. Luego construimos un expediente humanitario integral — reuniendo prueba laboral y médica, cartas de apoyo familiar, documentación escolar y médica de los hijos, y prueba del arraigo en Canadá — y presentamos el caso más sólido posible en su audiencia ante el IAD. Su derecho a la residencia permanente vale la pena defenderlo, y luchamos con firmeza.
Preguntas frecuentes
Mi cónyuge, ciudadano canadiense, estaba trabajando en el extranjero y yo lo acompañé. ¿Cuentan esos días?
Sí — bajo el artículo 28(2)(b)(ii) de la IRPA, los días pasados fuera de Canadá acompañando a un cónyuge o pareja de hecho que sea ciudadano canadiense cuentan en su totalidad para su obligación de residencia de 730 días. Debe poder demostrar la naturaleza genuina de la convivencia y la ciudadanía canadiense de su cónyuge. Documentamos esto cuidadosamente con registros laborales, registros migratorios y otra prueba de apoyo.
¿Puedo apelar una decisión sobre la obligación de residencia que se tomó en el extranjero?
Sí. Si un funcionario de la CBSA o de visas fuera de Canadá ha determinado que usted no cumplió su obligación de residencia y ha emitido una orden de expulsión, usted tiene derecho a apelar ante el IAD. El plazo suele ser de 60 días a partir de la fecha de la decisión. Representamos a clientes en apelaciones de obligación de residencia desde el extranjero y nos comunicamos de forma remota durante todo el proceso.
¿Qué ocurre si el IAD desestima mi apelación de obligación de residencia?
Si la IAD desestima su apelación, la orden de expulsión se vuelve ejecutable y la CBSA puede proceder con su expulsión. Aún pueden existir más opciones, incluida la revisión judicial de la decisión de la IAD ante el Tribunal Federal dentro de los 15 días. Asesoramos sobre todas las opciones restantes inmediatamente después de cualquier decisión de la IAD.
Estaba fuera de Canadá cuidando a un padre enfermo. ¿Puede eso ayudar a mi apelación ante la IAD?
Sí — cuidar a un padre o madre gravemente enfermo o moribundo en el extranjero es uno de los motivos humanitarios más persuasivos que pueden plantearse en una apelación de obligación de residencia. Documentamos las circunstancias médicas de forma exhaustiva con registros hospitalarios, cartas de médicos y otras pruebas de la necesidad y la duración del cuidado, y presentamos esta evidencia de manera destacada en los escritos de apelación y en la audiencia.