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CENTRO DE CASOS · LESIONES PERSONALES · LESIÓN CATASTRÓFICA Y DISCAPACIDAD A LARGO PLAZO

Sorrentino v. Certas Home and Auto Insurance Company

2026 ONSC 1578 Corte Divisional (Ontario) 16 de marzo de 2026
⚠ Solo con Fines Informativos — No es Asesoría Legal

El contenido de esta página es un resumen y comentario sobre una decisión judicial de acceso público, redactado únicamente con fines informativos y educativos. No constituye asesoría legal y no crea una relación abogado-cliente con Azimi Law, sin importar cuán específico o aplicable pueda parecer a su situación.

Este resumen puede estar incompleto, simplificado o no reflejar el estado más actual de la ley — la decisión puede ser apelada, distinguida o superada por fallos posteriores. Verifique de forma independiente este caso contra la decisión oficial antes de confiar en él. Nada aquí garantiza el resultado de ningún otro asunto, incluyendo el suyo.

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En resumen: La Corte Divisional sostuvo que una reclamante con deterioro catastrófico puede solicitar financiamiento de modificación del hogar bajo el SABS para una vivienda existente a la que piensa mudarse, como la de su hija, y no necesita demostrar primero que su propia casa no puede adaptarse. Anuló la decisión del Tribunal y ordenó el pago de unos $365,000.

Los Hechos

Ms. Sorrentino tenía 83 años en abril de 2016 cuando una colisión de vehículos motorizados le dejó un deterioro catastrófico. Vivía sola en un condominio y, al llegar a los noventa y pocos años, había sufrido múltiples caídas y no podía permanecer allí con seguridad. Adaptar el condominio habría costado más de $300,000 sin garantía de aprobación, por lo que propuso en cambio vivir con su hija, donde era posible la atención las 24 horas, y pidió a su aseguradora, Certas, que pagara $388,082.53 para adaptar la casa de su hija. Certas ofreció solo $22,825.53 para trabajos en el condominio. El Tribunal de Apelación de Licencias desestimó su solicitud porque no estaba convencido de que ella hubiera probado que el condominio no podía modificarse, y negó la reconsideración.

Lo que Decidió la Corte

La Corte Divisional acogió la apelación, anunció el resultado en la audiencia y dio motivos escritos después, y trató la lectura del SABS por parte del Tribunal como un error de derecho. Sostuvo que la «vivienda existente» (existing home) para los fines del art. 16 no se limita a la residencia en la que vivía la víctima del accidente en ese momento: puede ser una vivienda a la que se muda, incluida la de un familiar, siempre que el beneficio no se use para comprarla. No había una jerarquía entre arreglos de vivienda ni un obstáculo previo de demostrar que su propia casa no podía modificarse; ella podía elegir dónde vivir, y la verdadera pregunta era si los cambios propuestos eran razonables y necesarios. Por su edad y por el peligro de que una nueva demora volviera inútil el beneficio, la Corte no devolvió el asunto al Tribunal. Ordenó a Certas pagar de inmediato el saldo de unos $365,257.

¿Esto le Afecta a Usted?

  • ✓Usted o uno de sus padres tiene un deterioro catastrófico tras una colisión y quiere vivir con un familiar cuya vivienda necesita adaptaciones.
  • ✓Su aseguradora o el tribunal ha dicho que debe demostrarse que su residencia actual no puede modificarse antes de considerar cualquier otra vivienda.
  • ✓Su reclamo involucra un beneficio de modificación del hogar bajo el SABS y usted es una persona reclamante mayor o muy frágil.

Puntos Clave

  1. Una vivienda existente bajo la disposición de modificación del hogar del SABS puede ser aquella a la que la persona reclamante planea mudarse, incluida la de un familiar, siempre que no se esté comprando nada.
  2. La Corte rechazó una regla según la cual las personas reclamantes deben probar primero que su vivienda actual no puede modificarse; la prueba sigue siendo si las modificaciones propuestas son razonables y necesarias.
  3. Cuando la demora podría frustrar el beneficio para una persona reclamante de edad avanzada, la Corte Divisional puede ordenar el pago ella misma en lugar de devolver el caso al tribunal.

Preguntas Frecuentes

¿Tiene que ser la vivienda que se modifica aquella en la que la persona vivía cuando ocurrió el accidente?
No según esta decisión. La Corte Divisional leyó la frase de forma amplia, de modo que una vivienda a la que la persona reclamante tiene la intención de mudarse, como la vivienda existente de un familiar, puede calificar. La compra de una vivienda no está cubierta.
¿Por qué ordenó la Corte el pago en lugar de devolver el caso?
La persona reclamante era de edad muy avanzada y de salud frágil, y a la Corte le preocupaba que una nueva ronda ante el tribunal pudiera significar que nunca recibiera el beneficio. Por eso ordenó el pago inmediato del saldo restante.